Grupo W2B ha puesto en marcha ‘mitrámiteoficial.com’, un canal desde donde ofrece a los distribuidores de seguros su servicio de realizar, en su nombre, gestiones y trámites oficiales ante la DGSFP relacionados principalmente con la comunicación de cambios. «Realmente no se trata de un nuevo servicio ya que llevamos años realizando cientos de trámites de cambios de los datos del Registro para corredores de seguros ante la DGSFP. Lo que hemos hecho es crear una identidad propia para este tipo de gestiones y trámites que realizamos bajo la nueva marca mitrámiteoficial.com», han aclarado desde Grupo W2B. Algunos de estos trámites son el cambio de socios, de administradores, de la persona responsable de la distribución (antes la Dirección Técnica), cambio de domicilio, del titular del DAC o la cancelación y baja definitiva, entre otros. El Real Decreto-Ley 3/2020 establece que los distribuidores de seguros están obligados a comunicar y acreditar a la DGSFP cualquier modificación o cambio de sus datos registrales y tenerlos actualizados en todo momento, comunicando los posibles cambios dentro de los 15 días siguientes a la adopción de dichos acuerdos de modificación. De no hacerlo se enfrentan a una infracción muy grave.Grupo W2B ha puesto en marcha ‘mitrámiteoficial.com’, un canal desde donde ofrece a los distribuidores de seguros su servicio de realizar, en su nombre, gestiones y trámites oficiales ante la DGSFP relacionados principalmente con la comunicación de cambios. «Realmente no se trata de un nuevo servicio ya que llevamos años realizando cientos de trámites de cambios de los datos del Registro para corredores de seguros ante la DGSFP. Lo que hemos hecho es crear una identidad propia para este tipo de gestiones y trámites que realizamos bajo la nueva marca mitrámiteoficial.com», han aclarado desde Grupo W2B. Algunos de estos trámites son el cambio de socios, de administradores, de la persona responsable de la distribución (antes la Dirección Técnica), cambio de domicilio, del titular del DAC o la cancelación y baja definitiva, entre otros. El Real Decreto-Ley 3/2020 establece que los distribuidores de seguros están obligados a comunicar y acreditar a la DGSFP cualquier modificación o cambio de sus datos registrales y tenerlos actualizados en todo momento, comunicando los posibles cambios dentro de los 15 días siguientes a la adopción de dichos acuerdos de modificación. De no hacerlo se enfrentan a una infracción muy grave.
Compartir esta publicación